Términos y condiciones

CONDICIONES GENERALES PARA EL PROCEDIMIENTO “VENDIT.COM.MX” DE VENTA EN REMATE O SUBASTA PÚBLICA MEDIANTE CORREDOR PÚBLICO

INTRODUCCIÓN . Los Procedimientos VENDIT de venta en subasta, remate u oferta pública ante CORREDOR PÚBLICO se realizará a través del sistema electrónico que contiene en el portal VENDIT.COM.MX. Para efecto de las presentes Condiciones Generales los términos “sistema” o “portal” harán alusión indistintamente al procedimiento VENDIT de venta en subasta, en remate o en oferta pública; cuando se haga referencia a VENDIT, se entenderá que la actividad a que se refiere se realizará por el CORREDOR PÚBLICO;y cuando se aluda a CORREDOR PÚBLICO se referirá indistintamente al licenciado Manuel José Rodríguez Villamil, corredor público número 6 de la Plaza de Yucatán o al licenciado Gerardo José Rodríguez Villamil, corredor público número 9 también de la Plaza de Yucatán. Sólo serán objeto de remates, subastas u ofertas públicas a través del sistema aquellos bienes o derechos respecto de los cuales los propietarios o titulares, por sí o por medio de representantes con facultades suficientes, hubiesen celebrado con VENDIT SCP los contratos de intermediación incluidos para su venta o transmisión mediante el sistema indicado.Estos contratos garantizarán la obligación por parte del propietario de los bienes o derechos vendidos o transferidos a través del sistema, de otorgar las escrituras públicas o de suscribir los contratos traslativos de dominio a favor de los postores ganadores. El procedimiento cuenta con la seguridad tecnológica que garantiza la legalidad y transparencia de cada subasta, remate u oferta pública. Las subastas o remates serán dinámicos, lo que permite que los postores que participen y presenten sus ofertas, conozcan las ofertas de los demás ofertantes y aumenten o mejoren las propias mientras que la subasta o el remate continúe abierto.Las subastas o remates dinámicos se realizarán de manera ascendente, es decir, que partirán de un precio base y de salida sobre el que los postores podrán ofrecer precios mayores o cuando menos iguales al más alto que aparezca en el portal, al momento de realizar la oferta. Ganará quien ofrezca el mayor precio al momento en que concluya el proceso respectivo. Si por algún motivo al finalizar el proceso más de un postor hubieren ofrecido una suma igual y esa suma resulte ser la más alta, se aceptará la primera postura que se haya recibido a través del sistema. En algunos casos las bases podrán establecer criterios de adjudicación alusivos tanto a precio como a otras condiciones que en conjunto y de acuerdo a mecanismos de puntos podrán definir a la propuesta vencedora. Sólo el que realiza la mejor oferta ofrece el derecho de adquirir el bien.

En los procedimientos de remate el precio de salida de los bienes a rematar siempre estará por debajo del valor de mercado el cuál se dará a conocer en la convocatoria. El valor de mercado se determinará mediante un valor emitido por EL CORREDOR PÚBLICO.

En los procedimientos de subasta el precio de salida será el valor de mercado que resulte del avalúo de igual forma emitido por el CORREDOR PÚBLICO, en el que se destaquen las particularidades especiales, distintivas o incluso características únicas con las que cuente el bien de que se tratar.

Cuando se trate de ofertas públicas, en las convocatorias correspondientes publicadas en el portal se mostrarán las condiciones de la oferta, el bien, el precio por la oferta el vendedor y la información básica del mismo. Los interesados ​​registrados en el sistema podrán acceder a información mayor y en su caso, realizar el depósito de garantía que implica la aceptación de la oferta pública. El proceso concluirá con la escritura respectiva en los términos que hubiesen sido publicados en el portal de VENDT.COM.MX para con esa propiedad.

Cuando la oferta pública se realice bajo la modalidad de concurso, las ofertas se recibirán mediante correo electrónico pero no serán divulgadas mediante los demás participantes. Al concluir el plazo de vigencia de la oferta pública en la modalidad de concurso, el corredor público determinará el que de acuerdo a los requisitos de la convocatoria hubiere resultado vencedora; elaborará el acta correspondiente y la publicará en el portal para conocimiento de los participantes.

LINEAMIENTOS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE SUBASTA, DE REMATE, O DE OFERTA PÚBLICA VENDIT:

1. Serán públicos y deberán efectuarse a través del sistema electrónico contenido en el portal VENDIT.COM.MX.

2. El procedimiento será llevado indistintamente por el CORREDOR PÚBLICO 6 de la Plaza de Yucatán ”o por el CORREDOR PÚBLCO 9 también de la Plaza de Yucatán, quienes tienen a su cargo la administración del portal y quienes recibenán, corroborarán y custodiarán toda la información que los interesados ​​incorporen al mismo para participar en las subastas o en los remates. Al finalizar cada proceso el CORREDOR PÚBLICO realizará el acta oficial en la que se hará constar la propuesta ganadora, el precio ofertado y la consecuente aceptación por el postor de adquirirlo dentro del plazo fijado en la convocatoria. El acta de adjudicación será publicada a través del portal en que ésta se ha llevado a cabo mostrando el número del postor ganador, su nombre, y el importe de su oferta.

3. Las convocatorias se publicarán en el “portal de VENDIT.COM.MX. antes del inicio de cada remate o de cada subasta y serán consultables en todo momento mientras el proceso de que se trate continúe abierto y no concluya el plazo para ofrecer posturas o mejorar posturas.

4. Cada convocatoria contendrá los datos necesarios para conocer el bien sujeto a subasta oa remate, su ubicación, precio de salida y demás información que adelante se precisa.

5. Cualquier interesado en los remates, subastas u ofertas electrónicas VENDIT, podrá registrarse en el portal ya partir de entonces conocer el estado de cada proceso y los últimos montos en ellos ofertados. Para el registro de los interesados ​​será necesario proporcionar el nombre completo y el correo electrónico personal. Luego de concluido el registro al interesado, y una vez generada la contraseña de acceso, se le permite, además de ingresar al sistema, conocer todas las fotografías públicas, característica y documentos relacionados con los inmuebles motivo de las subastas, remates u ofertas, y para el caso de remates y subastas, las últimas ofertas realizadas a cada propiedad.

6. Para participar en un proceso de subasta o de remate, o para participar en la modalidad de oferta pública por la adquisición de una propiedad, además del nombre completo y del correo electrónico, deberá proporcionar la información y las copias digitalizadas (escaneadas) que se precisan en dicho portal. Tanto la información cómo los documentos incorporados al portal por los interesados ​​se presumirán ciertos, verdaderos y atribuibles a quien hubiere realizado dicho registro. Sólo será necesario un registro completo para poder participar en los remates, subastas u ofertas públicas que se realicen a través del portal VENDIT.COM.MX. La realización del depósito de garantía en las subastas o remates,

7. Para participar en cualquiera de los remates, de las subastas o de las ofertas públicas que se llevan a través del portal VENDIT.COM.MX los interesados ​​deberán cubrir él o los depósitos de garantía que se indiquen para cada remate, subasta u oferta pública . A partir de ese momento, en el caso de subastas o remates, asumirán el carácter de postores y podrán realizar a través de dicho portal las ofertas ascendentes en los términos que para cada proceso se logró precisado en la convocatoria respectiva. De igual forma podrán utilizar los mecanismos de ofertas automáticas hasta los límites que el postor fije para cada caso. En el evento de que el límite fijado para alguno de los procesos fue rebasado por otro postor, el sistema notificará a quien hizo activado la función de ofertas automáticas por si quisiera aumentar el límite o hacer nuevas ofertas de manera directa, a través del propio sistema. El importe del depósito de garantía de cada remate o subasta se fijará en la convocatoria respectiva, y se buscará aplicar un porcentaje al precio de salida establecido al efecto. En el caso de ofertas públicas, la exhibición del depósito de garantía que se indica en la convocatoria respectiva, implicará la aceptación de la oferta de que se trate. En el caso de ofertas p la exhibición del deposito de garantía que se indica en la convocatoria respectiva, implicará la aceptación de la oferta de que se trate. En el caso de ofertas p la exhibición del deposito de garantía que se indica en la convocatoria respectiva, implicará la aceptación de la oferta de que se trate. En el caso de ofertas públicas Bajo la modalidad de concurso, el Depósito de Garantía implicará la aceptaci ón del RESULTADO DE DICHO concurso. En ambos casos el interesado que acepte la oferta asumirá la obligación de adquirir el bien en los términos indicados en dicha convocatoria.

8. El número de folio o ID de postor será el que aparecerá junto con las ofertas que realice el postor interesado en cada proceso de subasta o de remate en el que participe, de tal forma que sus datos personales e identidad no podrán ser conocidos por los demás interesados ​​o postores que consultan o que participan en los procesos de subastas o de remates VENDIT. Sólo será revelado el nombre del postor ganador de cada subasta y / o remate, mismo que se asentará en el acta de adjudicación que se levante al concluir aún.

9. Los depósitos de garantía los resultados el CORREDOR PÚBLICO en una cuenta especial destinada solo para ese fin, quien se encargará de su conservación en tanto curse cada procedimiento. El depósito de garantía se ajustará a lo siguiente: a) deberá realizarse mediante transferencia electrónica desde la cuenta del postor interesado a la cuenta especial que se precisa en el portal y conforme a las instrucciones que ahí se indican; b) el CORREDOR PÚBLICO expedirá de forma electrónica el recibo correspondiente; c) el depósito permanecerá en la cuenta por el tiempo que dure cada proceso de subasta o de remate, o en tanto se formaliza el contrato de compraventa que resultó de una oferta pública para el que se hubiere realizado; d) cinco días hábiles posteriores a finalizar cada proceso de remate o de subasta, a los postores que hubieren realizado depósitos de garantía y no hubiesen ofertado la postura más alta, EL CORREDOR PÚBLICO les reembolsará el importe del depósito de garantía. Los importes de los depósitos de garantía serán devueltos mediante transferencia electrónica a las cuentas que cada postor ha indicado al momento de su registro en el portal; e) el depósito de garantía del postor cuya oferta hubo resultado vencedora, o el relacionado con una oferta pública aceptada a través del portal en la modalidad de concurso, lo conservará EL CORREDOR PÚBLICO hasta la firma de la escritura de compraventa respectiva; f) EL CORREDOR PÚBLICO, luego de la exhibición del remanente de la totalidad del precio ofertado por el postor vencedor o el aceptante de la oferta pública, al momento de la firma de la escritura traslativa de dominio que corresponda, y previo a la instrucción respectiva, aplicará, con cargo al precio de venta alcanzada, el monto del depósito que corresponda a cuenta de la remuneración convenida por la intermediación a VENDIT SCP, y de existir algún remanente, lo entregará al propietario del bien como parte del precio ofertado en el procedimiento de que se trate; g) el oferente vencedor o el aceptante de la oferta pública simple o en la modalidad de concurso que sin causa legal, el día señalado para la firma de la escritura de compraventa del bien adquirido, no compareciera ante el notario indicado, o se negase a cubrir el importe ofertado, perderá dicho depósito el cual se aplicará como pena por incumplimiento al no cubrir en el tiempo previsto el mencionado.

10. Las ofertas o posturas serán realizadas por los postores a través del sistema VENDIT.COM.MX y no podrán ser inferiores al importe que represente el precio de salida o precio mínimo de la propiedad indicada en cada convocatoria. El sistema no admite ofertas inferiores al precio fijado de salida. Si por algún motivo en los casos de subasta o remate, al finalizar el proceso más de un postor hubieren ofrecido una suma igual y esa suma resulte ser la más alta, se aceptará la primera postura que se haya recibido a través del sistema.

11. Cada oferta o postura realizada a través del sistema VENDIT.COM.MX se tendrá como efectivamente realizada por la persona física o moral que realizó el registro y en el tal obtenido número de usuario, por lo que ofertas o la aceptación de ofertas públicas en su caso, serán vinculantes. El registro de las personas morales se realizará a través de apoderado con facultades suficientes.

12. Todos los interesados ​​registrados en el sistema podrán conocer los importes ofertadas en tiempo real en cada proceso de remate o de subasta que se realiza dentro del portal VENDIT.COM.MX mientras dichos procesos se encuentran abiertos.

13. Previo a incorporar los bienes que serán ofertados a través de los procesos de remate, subasta u oferta pública al sistema en el portal VENDIT.COM.MX, VENDIT SCP celebrará con los propietarios o titulares de derechos los contratos incluidos, y él o los CORREDORES PÚBLICOS incorporados a ésta, verificarán: a) la autenticidad de los títulos de propiedad; b) en su caso, la existencia física de los bienes, edificaciones, construcciones y accesorios adheridos o relacionados con normas, y que correspondan tanto al avalúo que sobre los mismos se realizan, como a las fotografías de seguidas que se publiquen a través del sistema VENDIT.COM .MX; c) que no pesen sobre sistemas gravámenes o limitaciones de dominio; d) que se encuentran al corriente del pago de impuestos locales, de los servicios que corresponden, y de los derechos y demás obligaciones administrativas a que estuviesen sujetos; e) a cualquier otra documentación o constancia que garantice la identidad y concordancia de los bienes, con las especificaciones, características y condiciones que se encuentran publicadas en la convocatoria respectiva. En los casos en que se subasten derechos o preferencias para la realización de contratos futuros, el o los “CORREDORES PÚBLICOS” que conforman VENDIT SCP se cerciorarán: a) de los documentos que acrediten la titularidad sobre la propiedad de los bienes sobre los que se fuesen a edificar los proyectos; b) que se encuentren libres de gravámenes o restricciones de domino; c) en su caso, que se encuentra aprobado el régimen de condominio al que se sujetasen; d) que cuenten con las autorizaciones emitidas por las autoridades competentes que cumplan su realización; e) la legalidad de los contratos cuyos derechos de suscripción por parte del postor vencedor fue el objeto de la subasta respectiva en el que se precisen incluso las características y especificaciones de los productos finales del desarrollo de que se trate; yf) los demás que fuesen necesarios a juicio del CORREDOR PÚBLICO. Cuando los bienes a subastarse, a rematarse, o fueren objeto de oferta pública, tuviesen un gravamen o limitación de dominio, además de la verificación que en lo conducente ejecutar el CORREDOR PÚBLICO ya que se refiere este párrafo,

14. El CORREDOR PÚBLICO, en cualquier momento podrá suspender la celebración de alguna subasta, remate u oferta publica sin que esto les represente responsabilidad alguna, cuando durante el proceso de que se trate se conociera alguna afectación a los bienes de la que no se tuviese noticia previa, o que se suscitara durante dicho proceso, y que pudiera impedir su enajenación. En este caso los depósitos de garantía se devolverán a los postores que los hubieren realizado.

15. Adicionalmente a los puntos anteriores, los remates o las subastas que se realicen a través del sistema y del portal VENDIT.COM .MX se ajustarán a lo siguiente:

(a) Se verificarán en los términos de las presentes condiciones generales la posibilidad física y jurídica de ofertar en venta, a través de procesos de remate o de subasta, todos los bienes y derechos que se incorporan al mismo;

(b) VENDIT SCP celebrará un contrato de intermediación bajo la modalidad de subasta o de remate público con los propietarios de los bienes a ser subastados u ofertados, exclusivos e irrevocables durante todo el tiempo que se determine para el proceso de que se trate, en los que se establezca su consentimiento total a que a través del portal y del sistema VENDIT.COM .MX, bajo el control e intervención de los CORREDORES PÚBLICOS, se realice la oferta pública de sus bienes o derechos; de obligarse a formalizar la escritura respectiva a favor de del oferente que hubiere cubierto los requisitos de la convocatoria y que se hubo adjudicado conforme a la misma el derecho de adquirir el bien en el precio ofertado, y en el plazo establecido en dicha convocatoria;de asumir una pena convencional en caso de incumplimiento ; y en su caso, de que se realiza una anotación preventiva sobre el bien en el Registro Público de la Propiedad durante la vigencia del contrato y hasta su conclusión o extinción .

(c) Se publicarán a través del portal VENDIT.COM.MX las convocatorias para cada proceso de remate, subasta u oferta púbica, en las que se contendrá el bien o derecho que será ofertado; su descripción, ubicación y precio de apertura, precio mínimo o de salida; el importe del depósito de garantía de participación; si se realizó una anotación preventiva sobre el mismo con vigencia ajustada al procedimiento de subasta o de remate; si el bien de que se trate reporta gravámenes y la indicación que se cuenta con la anuencia de, o de los acreedores, para llevar a cabo un cabo el procedimiento y para liberar dichos gravamen al momento de firmar las escrituras; los criterios para su adjudicación; la duración del proceso de remate, subasta u oferta pública; la fecha y la hora en que concluya; el día en que se entregará el acta de conclusión del proceso de adjudicación al postor a cuyo favor se hubiera fincado, o de aceptación de la oferta pública; el plazo para la devolución de los depósitos de garantía de los participantes a quienes no se han adjudicado el derecho; el plazo para proponer al notario público ante quienes se formalizarán la operación de que se trate; la indicación y el plazo para la exhibición de la totalidad del precio ofertado y de la formalización del contrato, de la compraventa o, de la enajenación del bien entre las partes; y la fecha hasta el cual, en su caso, permanecerá vigente la anotación preventiva o registro que vincula la propiedad que fuera objeto del procedimiento de subasta, remate u oferta pública, cuando en los plazos establecidos no se exhiban los importes totales ofertados o se suscriban las escrituras correspondientes, siempre que la falta de firma de dichas escrituras no sea imputable al propietario vendedor.

(d) Los interesados ​​que se hubiesen registrado, y que hubieren realizado el depósito de garantía para uno o varios procesos de remate o de subasta que se encuentren en curso, podrán, a través del portal VENDIT.COM.MX, realizar ofertas en tiempo real oa través del sistema automático, y conocer las ofertas de los demás postores;

(e) En las fechas establecidas como día y hora de conclusión de cada proceso de subasta o de remate, el sistema VENDIT.COM .MX de forma automática, dejará de aceptar ofertas, resultando vencedor el que hubiera realizado la postura de mayor precio o que alcanzó el mayor número de puntos en los casos que así se había previsto;

(f) Luego de concluido cada proceso, el CORREDOR PÚBLICO levantará el acta oficial de conclusión y adjudicación respectiva que entregará debidamente firmada y sellada, un primer original al postor ganador, y el segundo original al propietario; informará al propietario del bien o titular del derecho subastado y / o rematado que la oferta pública del mismo fue aceptada mediante el procedimiento preciso en el acta respectiva por el postor que a través del sistema hubiere realizado la oferta más alta; solicitará al postor ganador proponer al notario público dentro de los tres días siguientes de concluido el proceso respectivo o en el plazo que se estableció en la convocatoria. En el evento de que dentro del plazo fijado en la convocatoria para que el postor ganador nombre al notario de mérito, éste no lo haga, o que el notario nombrado proponga como fecha de firma de escrituras una que exceda de quince días a partir del cierre dela subasta, el CORREDOR PÚBLICO será quien al efecto designe al notario para que a su vez este refiera el día y la hora en que lugar dicha firma; informará al PROPIETARIO de su obligación de proporcionar los datos y documentos necesarios y / o faltantes al fedatario propuesto por el postor ganador o por el CORREDOR PÚBLICO según sea el caso, o por el que ambos hubiesen convenido en dicho plazo, y de firmar por sí oa través de apoderado con facultades suficientes para ello laescrituratraslativa de dominio o el documento respectivo según también fuera del caso; informará al postor ganador de que al momento de la firma de la escritura traslativa de dominio o del documento respectivo, éste deberá exhibir el remanente de la totalidad del precio ofertado, o en caso contrario perderá el importe de la garantía que hubiere constituido y el inmueble se adjudicará al postor que hubiere presentado la postura más alta, y así sucesivamente. Luego propuesto el notario público ante quien se formalizará la operación, le informará tanto al propietario como al postor comprador de la fecha y hora que el mencionado fedatario público indique para la firma de la escritura traslativa de dominio, así como de las obligaciones que a cada uno corresponda, en su caso, de cubrir el importe de los impuestos que por dicha transmisión pudiesen tener su carga; y devolverá los depósitos de garantía a los postores no vencedores.

(g) El día en el que se firme la escritura traslativa de dominio, el CORREDOR PÚBLICO aplicará el importe del depósito de garantía a cuenta del pago de la remuneración pactada con el propietario por la intermediación a través del procedimiento de subasta, remate u oferta pública de que setrate. El importe del depósito de garantía que se aplicará como pago al CORREDOR PÚBLICO como contraprestación por intermediación, en todo momento será considerado como parte del precio de venta del bien. VENDIT SCP expedirá el recibo correspondiente a favor del propietario vendedor. El remanente, en su caso, se aplicará al precio de venta y será entregado al propietario vendedor. Ese mismo día, al tiempo de exhibir el importe total de la oferta ganadora, o del importe de aceptación de la oferta pública, el comprador deberá deducir de dicho importe, con cargo al propietario, en su caso, el importe que le indique el CORREDOR PÚBLICO, y que hubiere sido convenido con los acreedores para otorgar la liberación de los gravámenes que pesaren sobre el bien. Cuando así corresponda, el comprador también deducirá el monto de los impuestos y derechos que con motivo del cálculo respectivo le indique el fedatario ante quien se firmarán las escrituras para entregarlo a éste, así como los gastos notariales.

1. Cuando se realice la intermediación pública de bienes a través de la oferta pública dentro del sistema VENDIT, sin sujetarse a un procedimiento de remate y / o de subasta, el bien o la propiedad de que se trate se publicará en las ventanas del portal diseñado para ello , en las que se muestran las mismas fotografías del bien o del inmueble, el precio que ofrece el vendedor y la información básica del inmueble. Los interesados ​​registrados en el sistema podrán acceder a información mayor y en su caso realizar depósito de garantía y aceptación de oferta de compra a través del portal. Bajo esta forma sólo se admitirá como única propuesta la que se ha realizado el depósito de garantía, aceptar el precio por el que se oferta el bien de que se trate, y las condiciones establecidas para ello en la convocatoria respectiva publicada en el portal propio. En este caso,sido ofertada a través del propio portal y aceptado previamente por el propietario. El “CORREDOR PÚBLICO” se hará constar mediante la acción de la existencia del depósito y la aceptación de la oferta pública realizada a través de dicho portal. Para el caso de las ofertas públicas y de forma enunciativa, aplicarán las mismas reglas que corresponden a los remates oa las subastas en lo relativo al nombramiento del notario, a los plazos para el otorgamiento de las escrituras, a los casos en los que el CORREDOR PÚBLICO designe al notario, ya la obligación de exhibir el importe ofertado.

2. Cuando la oferta pública se realice a través de la modalidad de concurso, las ofertas se recibirán mediante el formato que se proporcione a los interesados ​​y que permitan incorporar al mismo el importe a ofertar y una firma electrónica, que a su vez será enviado por correo electrónico con acuse de recibo. Para enviar la propuesta respectiva será necesario haber cubierto el deposito de garantía de seriedad. Las propuestas no serán divulgadas a los demás participantes. Al concluir el plazo de vigencia de la oferta pública en la modalidad de concurso, el corredor público determinará la que de acuerdo a los requisitos de la convocatoria hubiere resultado vencedora, elaborará el acta correspondiente y la publicará en el portal para conocimiento de los participantes. En lo alusivo a la designación del notario,

3. Una vez concluido cada proceso el CORREDOR PÚBLICO mantendrá publicada la información respectiva en el portal VENDIT.COM.MX por un lapso de 10 días.

4. El CORREDOR PÚBLICO decidirá de plano, bajo su responsabilidad, cualquier cuestión que se suscite relativa a la subasta, y vigilará que se cumpla el procedimiento referido.

5. El registro al portar VENDIT.COM.MX implicará la conformidad del interesado a las presentes condiciones generales.