Un Corredor Público tiene fe pública otorgada por la Secretaría de Economía, la cual garantiza que las subastas y remates se realizarán con seguridad y certeza jurídica.
CONOCE MÁSEs una sociedad integrada por Corredores Públicos. Los Corredores Públicos son profesionales del derecho y del comercio habilitados por la Secretaria de Economía Federal para realizar diversas funciones. Entre ellas fungir como Fedatario Públicos, realizar avalúos de todo tipo de bienes y realizar procedimientos de remate o de subasta por nombramiento privado o de autoridad.
Los interesados en que los Corredores Públicos subasten, rematen u oferten públicamente a través del portal alguna propiedad, firmarán con VENDIT un contrato de intermediación que tendrá una duración obligatoria equivalente al tiempo previsto para la subasta, el remate, o la oferta pública, hasta su conclusión. Como parte del procedimiento los Corredores Públicos realizarán un avalúo comercial de la propiedad y lo pondrán a consideración del dueño, y en base al mismo se fijará el precio de salida que aparecerá en la convocatoria respectiva. Para certeza de los interesados que participen en la subasta, remate u oferta pública, el propietario, a la firma de contrato, proporcionará a los Corredores Públicos copia certificada del título de propiedad y otros documentos que permitan verificar la factibilidad jurídica de la venta, y con ello la seguridad necesaria a los participantes de los remates, de las subastas o de las ofertas públicas.
Es una SOCIEDAD CIVIL integrada por Corredores Públicos. Los Corredores Públicos son profesionales del derecho y del comercio habilitados por la Secretaria de Economía Federal para realizar diversas funciones. Entre ellas fungir como Fedatario Públicos, realizar avalúos de todo tipo de bienes y realizar procedimientos de remate o de subasta por nombramiento privado o de autoridad.
Los interesados en que los Corredores Públicos subasten, rematen u oferten públicamente a través del portal alguna propiedad, firmarán con VENDIT un contrato de intermediación que tendrá una duración obligatoria equivalente al tiempo previsto para la subasta, el remate, o la oferta pública, hasta su conclusión. Como parte del procedimiento los Corredores Públicos realizarán un avalúo comercial de la propiedad y lo pondrán a consideración del dueño, y en base al mismo se fijará el precio de salida que aparecerá en la convocatoria respectiva. Para certeza de los interesados que participen en la subasta, remate u oferta pública, el propietario, a la firma de contrato, proporcionará a los Corredores Públicos copia certificada del título de propiedad y otros documentos que permitan verificar la factibilidad jurídica de la venta, y con ello la seguridad necesaria a los participantes de los remates, de las subastas o de las ofertas públicas.